Preguntas y respuestas sobre La Ley de Bienestar Animal

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Actualizado el 26 de septiembre de 2023

El Congreso aprobó definitivamente la nueva Ley de Bienestar Animal (LBA), el 16 de marzo de 2023, y entrará en vigor el 29 de septiembre de 2023. Durante estos meses se han ido formulando ciertas preguntas frecuentes que reunimos en este artículo, con el ánimo de esclarecer las dudas de esta ley.

  • ¿La LBA se aplica a todos los animales?

No, la LBA se limita a afectar a los animales de compañía, es decir, a aquellos que comparten nuestro hogar, y a los animales silvestres en cautividad.

  • ¿Cuáles se consideran animales de compañía?

Se consideran animales de compañía los siguientes:

  • Perros.
  • Gatos.
  • Hurones.
  • Peces, siempre y cuando no pertenezcan a especies exóticas invasoras o especies protegidas.
  • Aquellos animales que sean registrados como animales de compañía por sus propietarios.
  • Los animales silvestres que estén especificados en el listado positivo, que aún está pendiente de elaboración.
  • Además, el Ministerio también establecerá un listado de animales domésticos, el cual aún está en proceso de creación.
  • ¿Qué sucede mientras esperamos la publicación de estos listados?

Hasta que los listados de animales domésticos y el listado positivo de animales silvestres sean publicados, aquellos animales que ya se consideren animales de compañía seguirán siéndolo. Esto significa que animales como roedores, tortugas, aves, camaleones, geckos, conejos y otros, que ya son considerados animales de compañía, podrán seguir siendo adquiridos en tiendas especializadas sin ningún problema ni riesgo.

  • Habiéndose aprobado la LBA ¿ya tengo que cumplir con todas las obligaciones?

La Ley de Bienestar Animal fue aprobada en marzo de 2023 y entrará en vigor el 29 de septiembre de 2023. Sin embargo, para las obligaciones referidas al listado positivo de animales de compañía, el curso de formación y el seguro de responsabilidad civil habrá aún que esperar a su desarrollo reglamentario.

  • ¿Tendré algún problema si adquiero un animal de compañía tras la aprobación y entrada en vigor de la LBA?

No, no vas a tener ningún problema y no hay que preocuparse por los animales de compañía que se adquieran con anterioridad, ni con posterioridad a la aprobación y entrada en vigor de la Ley. Su adquisición y tenencia seguirá siendo completamente legal.

La adopción de perros, gatos y hurones siempre estará disponible en centros públicos de protección animal, refugios y en tiendas que colaboren con estos esfuerzos, como es el caso de Tiendanimal.

En nuestras tiendas proporcionamos refugio y atención veterinaria a animales que buscan un hogar, y colaboramos en el proceso de documentación tanto para la cesión gratuita como para la adopción, según lo requiera la LBA.

Para otros animales de compañía, como conejos, cobayas, roedores, aves, peces, etc., podrán seguir siendo adquiridos en tiendas especializadas siempre cumpliendo con garantías y de manera responsable.

  • ¿Tengo que registrar a mi animal en algún registro o carné de identificación?

Recordemos que cada Comunidad Autónoma ya cuenta con un registro de identificación de animales de compañía para perros, gatos y hurones -inclusive, conejos en algunas Comunidades Autónomas- con la finalidad de garantizar su trazabilidad y bienestar. Por tanto, esta exigencia de identificación ya es obligatoria en estos animales. La LBA no varía el actual procedimiento y, por tanto, para la colocación del microchip y su inscripción en los registros correspondientes se deberá seguir acudiendo al veterinario de su elección.

  • ¿Hay que obtener un DNI para el animal?

Finalmente, la ley no lo contempla un DNI como tal. Como hemos contestado anteriormente: sí será obligatorio el microchip y su inscripción en el registro de animales de compañía de cada Comunidad Autónoma, como se ha estado realizando en la actualidad previamente a la nueva Ley. Más información en el artículo sobre DNI animal.

  • ¿Tenemos que esterilizar obligatoriamente a nuestros animales de compañía?

 La LBA no obliga a esterilizar forzosamente a los animales de compañía de forma general. Sólo se exigirá en dos casos:

  • Los gatos deberán ser esterilizados antes de los 6 meses de edad;
  • En caso de adopción de perros y hurones, la entidad protectora deberá esterilizar al animal antes de la cesión para la adopción (o el adoptante asumir el compromiso si bajo criterio veterinario no tuviera edad suficiente).

Únicamente, con carácter general para cualquier persona titular de cualquier especie, se le obliga adoptar medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada.

  • ¿Todas las personas titulares de animales de compañía tenemos que hacer un curso de formación? ¿en dónde se realizarán?

El curso de formación es solo obligatorio para las futuras personas titulares de perros. No tendrán que realizarlo los titulares de gato, conejos, aves, reptiles y pequeños mamíferos.

Es importante destacar que este curso será gratuito. Sin embargo, los detalles sobre su contenido y cómo se llevará a cabo están aún pendientes de desarrollo.

  • ¿Será obligatorio el Seguro de Responsabilidad Civil independientemente de la raza del perro?

Sí, será obligatorio para los perros y durante toda su vida. Pero la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para perros no entrará en vigor con la Ley (el 29 septiembre 2023). Este seguro será obligatorio cuando se desarrolle el Reglamento de la Ley, para lo que aun no hay fecha prevista, y será aquí donde se reflejen las condiciones que deberá tener el seguro.

No obstante, es importante recordar que esta obligación ya estaba presente en muchas Comunidades Autónomas, por lo que asegúrate si en tu comunidad es obligatorio.

En cuanto a los perros, se hace una distinción entre los considerados Potencialmente Peligrosos (PPP) y el resto de perros:

  • Para los PPP, la Ley ya establece la obligación de contar con un seguro de cobertura superior a 120,000 euros.
  • Para los demás perros, la LBA requerirá un seguro, pero la cantidad exacta aún está pendiente de definición. Deberemos esperar a que se establezcan los detalles en el reglamento.
  • ¿Qué cambios se han realizado en relación al test de sociabilidad?

La Ley de Bienestar Animal definitiva ha eliminado la obligación de realizar un test de sociabilidad para perros, lo que significa que ya no será necesario someter a estos a dicho examen como requisito obligatorio.

  • ¿Hay cambios en el censado, chipado y vacunación?

Respecto del censo, la LBA solo desarrolla esta actividad en relación con las funciones de la Administración local respecto de los gatos ubicados en su término municipal. 

Con relación a los microchips, solo se recoge la obligación del mismo sobre perros, gatos y hurones. Asimismo, las aves deberán estar identificadas con anillado. Todo ello, sin perjuicio de lo que disponga la normativa autonómica y local al respecto.

Por su parte, las obligaciones referidas a las vacunas se encuentran enmarcadas a los casos de importación y exportación de animales de compañía, la promoción de la vacunación por parte de las Administraciones locales y las obligaciones de las entidades de protección animal.

No obstante, se recuerda como obligación de todos aquellos que tienen la tenencia de los animales de compañía, el cumplir con prestar al animal los cuidados sanitarios necesarias para garantizar su salud y los estipulados como obligatorios según la normativa específica. Razón por la cual, habrá que observar también lo que dispone la normativa autonómica y local respecto de las vacunas obligatorias para cada especie de animal.

  • ¿Qué animales de compañía se podrá vender? y ¿Dónde?

Se podrá vender roedores, conejos, peces y reptiles, así como el resto de animales incluidos en el Listado Positivo de Animales de Compañía, que aun se está desarrollando y que no estará totalmente operativo hasta dentro de 2 años desde la entrada en vigor de la Ley, es decir, hasta septiembre 2025.

Esta adquisición será siempre en tiendas especializadas y bajo contrato.

En cuanto perros, gatos y hurones, solo se podrá comprar en criadores oficiales registrados.

  • ¿Se podrá comprar animales de compañia por internet?

No, solo en criadores registrados. La Ley quiere evitar el tráfico ilegal y garantizar el bienestar y seguridad de los animales.

  • ¿Se podrá adoptar en tiendas especializadas?

Sí, la ley permite colaboraciones con protectoras, para fomentar la adopción de animales que buscan un hogar definitivo.

  • ¿Existen animales que ya no podré adoptar?

Solo podrán adoptarse animales clasificados en el Listado Positivo de Animales de Compañía; sin embargo, actualmente este listado está pendiente de desarrollo reglamentario. Mientras tanto se podrán seguir adoptando animales como hasta ahora, excepto los que la Ley ha clasificado expresamente como prohibidos:

  • Artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de las personas y animales.
  • Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los 2kg de peso, excepto los quelonios.
  • Todos los primates.
  • Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5kg.
  • Especies incluidas en otra normativa sectorial a nivel estatal o comunitario que impida su tenencia en cautividad.
  • ¿Existe un número máximo de animales de compañía que puedo tener en casa?

La LBA no recoge ninguna disposición al respecto. Sin perjuicio de ello, se deberá ver la normativa de cada Comunidad Autónoma, toda vez que en alguna de ellas se establece un número máximo de animales de compañía por hogar.

  • ¿Qué sanciones existen por incumplir con las obligaciones de la LBA?

El sistema sancionador prevenido en la LBA es muy similar al ya establecido en las normas de protección de animales de compañía de las CC.AA. Se divide en infracciones muy graves, graves y leves.

Las leves están relacionadas con infracciones de mera inobservancia de cuidados y que no supongan daños físicos. Podrán ser sancionadas con apercibimiento o multa de 500 a 10.000 €.
Las infracciones graves están relacionadas con aquellas actuaciones que puedan infligir algún tipo menoscabo en la calidad de vida del animal, siempre que no causen la muerte o secuelas graves. Se incluye también dentro de este listado la no identificación del animal. Las multas pueden ser 10.001 a 50.000 €.
Las infracciones muy graves están relacionadas con aquellos actos u omisiones que ocasionen la muerte o secuelas graves para el animal, siempre que no sea constitutivo de delito. Dentro de esta relación se encuentra también la cría, comercio o exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales. Las multas pueden ser de 50.001 a 200.000 €.

Además de las multas, la autoridad competente podrá imponer medidas accesorias en atención a la naturaleza de los hechos constitutivos de infracción. Algunos ejemplos son los siguientes: la suspensión temporal de las licencias, autorizaciones o permisos; la clausura de los locales o establecimientos; la inhabilitación para el ejercicio de actividades relacionadas con animales y la tenencia; entre otras.

Estas sanciones podrán ser graduadas tomando en cuenta las siguientes circunstancias:

  • (i) el perjuicio al animal;
  • (ii) la culpabilidad, intencionalidad, imprudencia o negligencia;
  • (iii) la trascendencia social, sanitaria o repercusión sobre el ambiente;
  • (iv) el ánimo de lucro ilícito y la cuantía del beneficio obtenido;
  • (v) la continuidad de la conducta infractora;
  • (vi) el cese de la conducta infractora antes o durante el expediente sancionador;
  • (vii) la violencia ejercida contra animales delante de personas de especial protección. 
  • ¿Qué debo de saber sobre la posibilidad de acceder a medios de transporte?

Como regla general, se deberá facilitar el ingreso de los animales de compañía en los distintos medios de transportes existentes. Pero este acceso se podrá negar siempre que esté justificado.

También existe unas obligaciones para el titular del animal: Respetar las medidas de seguridad, velar por el correcto comportamiento del animal, y que éste posea las condiciones higiénicas-sanitarias correctas. El incumplimiento de estas obligaciones supone una infracción leve.

  • ¿Puedo entrar ahora a los establecimientos públicos o privados con mi animal de compañía?

Se podrá acceder con animales de compañía a edificios y dependencias públicas, establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general en aquellos en los que se consuman bebidas y comidas, mientras que no supongo un peligro o daños.

En el caso que el establecimiento no admita la entrada a los animales deberá disponer de un distintivo que lo indique en un lugar visible en el exterior.

Sin embargo, en zonas destinas a la elaboración, almacenamiento o manipulación quedará prohibido.

  • ¿Puedo ocupar un albergue, refugio o centro de asistencia con mi animal de compañía?

Aquellas personas en situación de vulnerabilidad, podrá acceder a dichos establecimientos junto a su animal de compañía, salvo causa justificada. En el caso que esto no sea posible, se deberá promover el acuerdo con entidades de protección animal para proteger y salvaguardar el destino del animal.

  • ¿Puedo acceder con mi animal de compañía a los espacios públicos como parques y playas?

Los municipios determinarán los lugares específicamente habilitados para el esparcimiento de animales de compañía, especialmente para los perros.

  • ¿Tienen limitaciones de acceso los perros de asistencia o cuerpos de seguridad?

Podrán acceder a cualquier espacio acompañado de la persona a la que asiste o trabaje.

Si deseas obtener información más detallada sobre la normativa relacionada con los Perros Potencialmente Peligrosos (PPP), visita nuestro post.

Nuevo decálogo del propietario de una mascota

La Asociación Española de la Industria y el Comercio del Sector del Animal de Compañía (AEDPAC) ha diseñado un decálogo con las principales claves para todos los responsables de animales de compañía. En ella, aclaran las dudas más frecuentes resultado de la aprobación de Ley de Bienestar Animal (LBA) el pasado mes de marzo de 2023.

De este modo, de una forma visual y sencilla resuelve las preguntas que se han ido planteando con la modificación de la nueva ley.

Decálogo del propietario de una mascota

El objetivo de esta Ley es disminuir el abandono, mejorar el bienestar y castigar el maltrato animal

Te recordamos que en Tiendanimal colaboramos con protectoras y asociaciones para darles a las mascotas que lo necesitan un nuevo hogar. Pásate por cualquiera de nuestras tiendas y pregunta por nuestro servicio de adopción en regla con la Ley de Bienestar Animal.

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35 comentarios en «Preguntas y respuestas sobre La Ley de Bienestar Animal»

  1. Estoy en una empresa de manera temporal, y mi jefe tiene una escopeta de tipo bb, o eso creo, y dispara a los gatos que entran en la empresa. Una vez escuche a un gato maullando de dolor por un disparo. ¿que puedo hacer?.
    E hablado con el, pero no razona.

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  2. En Galicia el transporte público me obliga a llevar a mi mascota de menos de un kilo dentro del transportín en la bodega del autobús, por otra parte la ley de bienestar animal especifica claramente que las mascotas no podrán viajar en lugares cerrados sin la oxigenación adecuada y las pertinentes medidas de seguridad (todos sabemos cómo van las maletas y equipajes en el espacio habilitado para ellas… Y donde supuestamente tendría que viajar mi mascota).
    He intentado conseguir información más concreta en cuanto a los derechos que me asisten como usuaria habitual de transporte público propietaria de una mascota, y de momento lo único concreto es que viajo a expensas de la decisión arbitraria del chófer de turno, que puede prohibirme el acceso al autobús dejándome desasistida para el desplazamiento.
    Aclaro que estoy obligada a viajar habitualmente por motivos familiares y laborales, y no puedo conducir vehículo propio debido a una discapacidad que me lo impide.

    Responder
  3. Dos dudas:
    1.- Se puede entrar con perros en establecimientos sanitarios (hospitales, ambulatorios, farmacias…)?
    2.- Si entro con mi perro en el ascensor y me dice una persona que está dentro que tiene fobia a los perros, ¿debo salirme aunque lo lleve atado?
    Gracias

    Responder
    • Hay una cosa llamada educación que sta por encima de las leyes y que mana del sentido común y del respeto a los demás , aplique Vd. ese filtro y obtendrá la respuesta a su pregunta.

    • En establecimientos sanitarios se puede salvo prohibición expresa visible desde el exterior (29.3) o prohibición LOCAL, la cual se momento que yo sepa solo está en Galicia desde 2019 y en Valencia desde noviembre de 2023. Cuidado, los farmacéuticos y otros trabajadores sanitarios tienen la idea de que está prohibido, y es MENTIRA, en Canarias no solo lo creen, sino que el colegio farmacéutico de Tenerife miente descaradamente sobre ello. Cuando pueden entrar perfectamente por ley. Sobre lo otro… yo entiendo que lo correcto es no hacer sufrir a la gente con fobias pero, lo lógico no necesariamente es salir si estaba usted primero, si el otro puede esperar al siguiente ascensor… pues ahí cada situación será distinta y la tendrá que valorar sobre la marcha.

  4. hola
    respecto a la nueva Ley de Bienestar Animal hay un punto que considero totalmente incomprensible si lo que he leído en varios sitios es cierto y de lo que no se está hablando en absoluto: me refiero al tema del ¨ABUSO SEXUAL´¨
    He leído, que en este punto, por poner un supuesto, si una ¨persona¨ está manteniendo actividad sexual por ejemplo, con un burro, una oveja….pues se dice que con Nueva Ley, que ESTO, NO está sancionado de ninguna forma en tanto en cuanto NO CAUSE LESIONES AL ANIMAL
    HORROROSOOOOO
    Esto es cierto???
    Porque si es así, me parece que habría que elevarlo al conocimiento generalizado de todo el mundo porque creo que la Zoofilia y el abuso sexual de un animal es uno de los MATORES MALTRATOS a los que se puede someter a un animal.
    Y encima….insisto…si esto es cierto…sería todavía peor porque se dice que YA existía anteriormente una NORMA que SÏ que sancionaba estos comportamientos y que con esta Nueva Ley ha sido DEROGADA, vamos, que la han eliminado.
    ESTO no tendría ningún sentido!!!
    ¿ Me podeís aclarar este punto, por favor??

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    • La LBA recoge la obligación de identificar a las aves mediante anillado desde su nacimiento. No obstante, el sistema y el procedimiento será desarrollado reglamentariamente, con lo cual se tendrá que esperar a este reglamento para saber qué sucederá con el supuesto planteado.

  5. la ley dice q hay q esterilizar a los gatos antes de los seis meses…. y si tiene dos años también hay q esterilizarlo? no veo ninguna artículo q defina la obligatoriedad de la castración pasados los seis meses. me gustaría una aclaración al respecto

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    • La LBA no recoge la obligación de esterilizar a aquellos gatos que, a la fecha de su entrada en vigor, tengan más de seis meses; razón por la cual consideramos importante que la decisión de esterilizar sea sometida a criterio veterinario en cada caso concreto. Al mismo, tiempo, se debe recordar que existen algunas Comunidades Autónomas que, por ejemplo, para evitar la reproducción incontrolada de animales recogen como obligación, en su propia legislación, la esterilización de aquellos perros o gatos que tengan acceso al exterior de las viviendas y puedan tener contacto no controlado con otros animales de la misma especie.

  6. en la autocaravana o furgoneta vivienda, se puede dejar a los perros solos ? si estamos de vacaciones en la furgoneta y vamos hacer la compra se puede dejar el perro como hasta ahora en la furgoneta? ya que en la ley de bienestar pone que no se puede dejar en el coche y tampoco lo puedes dejar fuera de del supermercado, cual sería la alternativa en este caso?

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    • Si bien la LBA recoge dichas prohibiciones, consideramos oportuno que esta consulta sea formulada directamente al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

  7. Tengo un American Stanford Terrier, vive en casa y desde que era pequeña hasta ahora que tiene 6 años la educamos para que este en mi terraza con 120m2, en su caseta, agua y comida, con una valla de acceso a la casa debido a que tengo hijos pequeños y visitas, esta vigilada y supervisada, sacándola varias veces a la calle para hacer su necesidades. Tiene su seguro, las licencias oportunas, etc. ¿Me pueden multar porque siga viviendo fuera de casa?

    Responder
    • Si bien la LBA recoge como prohibición el mantener de manera habitual a los perros y gatos en terrazas, consideramos oportuno que esta consulta sea formulada directamente al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

  8. Para el caso de poseer un ejemplar de especie considerada invasora, como la tortuga de Florida, quisiera saber si es cierto que esta ley da la posibilidad de declararla en un plazo de 6 meses. En tal caso ¿se podría mantener como animal de compañía hasta su fallecimiento o se tendría que entregar para su sacrificio?
    Gracias por su respuesta.

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    • La LBA no recoge esta posibilidad para aquellas especies que se encuentren en el Catálogo español de especies exóticas invasoras, sino únicamente para aquellas que no se encuentren recogidas en los listados correspondientes, siempre que no se encuentren prohibidas por otras normas de carácter nacional y/o comunitario.

    • Agradecería mucho acabar de confirmar su respuesta que creo interesaría a muchas personas. En la disposición transitoria segunda de esta ley, sobre las especies prohibidas, menciona en su punto 5 como una de las especies a comunicar en plazo de 6 meses, a las especies incluidas en otra normativa sectorial o comunitaria que impida su tenencia en cautividad. ¿No incluiría esto a las especies invasoras?
      Muchas gracias por su confirmación.

  9. si no sobrepasó el número de animales y tengo 5 aves las cuales están en el listado positivo..tengo que notificarlo o serán las autoridades las que se tienen que poner en contacto conmigo ?
    los núcleos zoológicos se tienen que pagar la tasa anualmente?

    Responder
    • Los listados -tanto el de animales domésticos como el listado positivo-, aún no han sido elaborados y, por tanto, aún no son obligatorios. Razón por la cual habrá que esperar a lo que se desarrolle reglamentariamente para saber con exactitud qué especies no estarán permitidas para su tenencia, así como el procedimiento específico a seguir en dichos casos.

      Por otra parte, en relación con los núcleos zoológicos, habrá que observar lo dispuesto en la legislación recogida para cada Comunidad Autónoma.

    • Con los galgos pasa lo mismo que con el resto de obligaciones que establece la LBA en el caso de ser titular de un perro. Recordemos que esta ley afecta a todos los animales de compañía, y el perro es un animal de compañía atendiendo a lo establecido en la ley. Por tanto, los titulares de galgos, como cualquier otro deben cumplir con las obligaciones establecidas en esta ley (identificación y registro, cuidados veterinarios, etc.)

  10. Con la nueva ley me pueden negar la entrada en metro solo por el tamaño del animal cuando si pueden hasta 8kg. Me parece incongruente que la línea tres que pertenece a EuskoTren me facilite el ir con mi animal y quiera continuar en metro Bilbao y no pueda seguir en la línea uno y dos porque excede los 8kg

    Responder
    • Entiendo que esa prohibición expresa será algo local. La ley en sí de hecho indica que debe permitirse la entrada de mascotas al trasporte público y no indica nada relativo al peso.

  11. imagino que esta pregunta es importante ya que se dará en muchos casos. tengo un perro de mas de 10 años, los seguros solo me cubren le responsabilidad civil,

    Responder
    • El seguro obligatorio que se exige en la LBA solo contempla la responsabilidad civil, pero la obligatoriedad de suscribir un seguro de responsabilidad civil para perros no resultará aplicable hasta que se produzca su desarrollo reglamentario.

    • La LBA obliga a identificar, mediante microchip, los perros, gatos y hurones, así como las aves, mediante anillado, debiendo a su vez inscribirlos en el Registro de Animales de Compañía de cada comunidad autónoma. En algunas CCAA es obligatorio identificar otros animales, como, por ejemplo, en Madrid que obliga a la identificación de los conejos.

  12. Tengo una chinchilla desde hace 2 años que es donde la tendría que inscribir en Madrid.?o no es necesario no hay información y hoy día 29 de septiembre ha salido la.nueva nueva que prohíbe tenerlas.

    Responder
    • Hasta que no se publique el Listado Positivo de Animales de Compañía -el cual recogerá qué especies silvestres pueden ser animales de compañía- todos los animales de compañía que gozan de dicha consideración hasta la fecha, seguirán siéndolo hasta que estén incluidos o excluidos en el listado correspondiente; con excepción de que la especie se encuentre en alguno de los criterios de prohibición durante este tiempo de transición, esto es que sean: venenosos, reptiles de más de 2 kg, primates o mamíferos silvestres de más de 5 kg.

  13. Seguramente esta ley sea derogada pero,si no fuera así,es imposible cumplirla,debido a que está mal hecha y tiene muchos laberintos que la hacen incumplible,sólo sirve para multar a los ciudadanos y prohibirles lo que hemos podido hacer legalmente toda la vida.Esta ley cercena la libertad de las personas aficionadas a los pájaros y a otros animales legales,conseguidos a base de cria en cautividad,la cual es la única salida para evitar más extinciones.Naturalmente estoy totalmente en contra del maltrato animal y de acuerdo en que se castigue a los maltratadores.

    Responder
  14. También tengo una PPP que es un amor de perra, nada agresiva juega con todos, creo que la ley para estas razas va a seguir igual es así?, no obstante me parece increible que atada y con bozal, si va atada para que el bozal a la mía no se lo puedo poner se vuelve loca, alguien puede hacer algo con este tema, o las personas que tenemos estos animales Pontencialmente Pegajosos, podemos hacer algo¿?

    Gracias de antemano

    Responder
  15. Es obligatorio las razas de perros PPP seguir llevando bozal y cuando sabré la valoración de mi perro con la nueva ley si es un animal tranquilo etc …

    Responder
    • La LBA no elimina el término y la calificación de PPP, por lo que seguirán sujetos a la normativa vigente hasta ahora y, por tanto, deberán seguir saliendo a la calle con bozal.

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